Será hasta el 15 de septiembre de 2016 cuando se puedan constituir las primeras empresas en 24 horas y sin necesidad de ir al Notario Público, al publicarse este lunes en el Diario Oficial de la Federación la nueva figura de “Sociedad por Acciones Simplificada”.
La Secretaría de Economía dio a conocer las modificaciones a la Ley General de Sociedades Mercantiles en las que se crea este nuevo esquema.
La nueva Sociedad para Acciones Simplificadas (SAS) permitirá que los emprendedores sin necesidad de tener socios constituyan su empresa vía internet, a través del portal “tuempresa”.
Aunque en dicho esquema sólo podrán permanecer mientras sus ingresos anuales no superen los cinco millones de pesos.
El documento detalla los requisitos para proceder a la constitución de una sociedad por acciones simplificada, entre ellos que haya uno o más accionistas y que éstos cuenten con certificado de firma electrónica avanzada vigente.
Aclara que en ningún caso se exigirá el requisito de escritura pública, póliza o cualquier otra formalidad adicional, para la constitución de la sociedad por acciones simplificada.
El decreto, que entrará en vigor a los seis meses contados a partir de mañana, prevé además los requerimientos para la integración de sus estatutos sociales y las funciones de la asamblea de accionistas de las SAS.
El pasado 11 de marzo el Presidente Enrique Peña Nieto promulgó la reforma a la Ley General de Sociedades Mercantiles, con la que se autoriza formalmente la creación, de manera simplificada y gratuita, en un plazo de 24 horas, de empresas en todo el territorio nacional.
Dijo que en una segunda etapa se buscará que el mismo proceso electrónico —previsto para crear en 24 horas empresas— permita su inscripción al SAT y al IMSS, así como la obtención de licencias de funcionamiento a nivel municipal cuando sean actividades de bajo riesgo.